Lo recaudado va a parar a la Procuraduría General de la República

Apenas el 3 por ciento de los infractores
del tránsito pagan las multas que les
imponen los agentes de la Autoridad
Metropolitana del Transporte (Amet),
debido a que la Ley 241, no les
 obliga a cumplir con ese requerimiento. El hecho adquiere una mayor
gravedad si se toma en cuenta que los tribunales de tránsito registran a
personas que han acumulado hasta 400 infracciones sin pagar y
siguen conduciendo sus vehículos sin ningún inconveniente. Pero
además,  las multas de tránsito  que los tribunales de tránsito no
cobran  perimen  un  año, de acuerdo a la Ley.
Las autoridades
de la Amet abogan
por una modificación
de la Ley sobre
Tránsito Terrestre
para que, en un
período no mayor
de un mes, los
infractores tengan
que pagar el costo
 de las infracciones
o, de lo contrario,
pagar un recargo
que crecería
con el tiempo.
El  propósito es que el Estado impida a los morosos renovar sus licencias
 de conducir, la Cédula de Identidad  y les imponga impedimento de salida del
país, entre otras restricciones, como sucede en otras naciones.
Debido a la flexibilidad de dicha ley, en múltiples ocasiones,  la Amet retiene
vehículos para obligar a los conductores a  pagar las multas, en violación a la
misma,  tomando en cuenta que  esa medida sólo   cuando un conductor circula
sin la matrícula del vehículo, ebrio o cuando maneja temerariamente.
La Amet, además, aspira a obtener un por ciento del dinero que recaude
el Estado por concepto de infracciones de tránsito, para usarlo en “su
propia  funcionalidad” y para implementar un programa de educación vial
entre los conductores.
La Ley 12-07 faculta a la Procuraduría General de la República a usar los
 recursos producto del pago de las infracciones en la mejoría  de las condiciones
de vida de los presos.
“Esos recursos deben usarse en acciones que contribuyan a mejorar el tránsito”,
ha dicho la Amet.
UN APUNTE