Todo lo puedo en Cristo que me fortalece (Filipenses 4:13

Todo lo puedo en Cristo que me fortalece. -Filipenses 4:13

Mira que te mando que te esfuerces y seas valiente: no temas ni desmayes, porque Jehová tu Dios será contigo en donde quiera que fueres. Josué 1:9

Periodista Cesáreo Silvestre Peguero, editor de este portal Web.

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viernes, 12 de junio de 2015

¿Cómo podemos evitar la violencia doméstica?

algomasquenoticias@gmail.com

Pasos a seguir para conseguir ayuda



Toda la nformación
Las víctimas de la violencia doméstica aumentan cada año. En 2007 fueron 71 mujeres las que murieron a manos de sus cóyuges o ex parejas y en lo que va de 2008 ya son 17 las mujeres que han fallecido por esta causa.
Es un grave problema que hay que intentar solucionar y por ello desde METROqueremos dar información sobre que pasos hay que seguir o a qué teléfonos puedes llamar.

Para reportar, recibir asistencia legal y medica sobre una agresión violación sexual, ó violencia domestica , debe de dirigirse inmediatamente a la Fiscalía de Violencia de Género y Violación Sexual más cercana.
Santo Domingo
Está localizada en la Ave. Rómulo Betancourt No. 301 en Santo domingo, la cual opera de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 (media noche) y los sábados, domingos, lunes y días festivos, de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. El número de teléfono (809) 533-6668 Ext. No. 57 de la fiscalía opera las 24 horas del día los siete días de la semana. 
  • ¿Qué es y cómo funciona la Orden de Protección?
La Orden y Protección constituye un nuevo instrumento legal diseñado para proteger a la víctima de la violencia doméstica. Esta Orden concentra en una única e inmediata resolución judicial la adopción de medidas de naturaleza penal y civil, y activa al mismo tiempo los mecanismos de protección social establecidos a favor de la víctima por la Comunidad, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales.
La Orden protege física, jurídica y socialmente a la víctima.
La Orden sigue un procedimiento simple y rápido que pasamos a explicar:
1 – La Orden de Protección puede ser solicitada por la propia víctima, un pariente, el Fiscal o adoptada por el propio Juez.
2 – Puede presentarse en cualquier Comisaria de Policía o puesto de la Guardia Civil, en el Juzgado o Fiscalía, Oficinas de Atención a las víctimas o los srvicio sociales o instituciones asistenciales dependientes de la Administracines Públicas.
3 –  Una vez recibida la Orden, el Juez convoca urgentemente, a las partes y resuelve sobre las medidassolicitadas durante la guardia.
4 – La Orden de Protección se inscribe en el Registro Nacional para la protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica.
5 – La Orden se comunica a la víctima, al Ministerio Fiscal y a las Administraciones Públicas. Y ya por último, la víctima será informada en todo momento sobre las medidas cautelares adoptadas.

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