Todo lo puedo en Cristo que me fortalece (Filipenses 4:13

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domingo, 14 de junio de 2015

Y… ¿si el presidente decide no repostularse?

 Y… ¿si el presidente decide no repostularse?
EL AUTOR es psicoterapeuta familiar y abogado. Reside en Santo Domingo.

algomasquenoticias@gmail.com

POR DARÍO NIN
¿Te has hecho la pregunta? Escuché decir varias veces  al profesor Juan Bosch, que en política hay cosas que se ven y otras que no se ven, y que las que no se ven, son más importantes que la que se ven.
A un vistazo simple, cualquiera dijere: “el sólo pensarlo ofende,  (me refiero al título del artículo), o sea, que quien plantee algo así, es el más ingenuo y desconocedor de la política de la bolita del mundo; como diría en su tiempo  de animación el hoy fenecido Silvio Paulino, narrador de la lucha libre.
Pero, si usted analiza la “simpleza del planteamiento”, el asunto no resulta tan simple.
Observe algo;  la ley que declaró la necesidad de reforma y por consiguiente la reforma como tal, contempla dos puntos, que cito a continuación: El primer punto permitir que el Presidente de la República pueda optar por un segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo.
El segundo punto: Establecer un artículo transitorio que se consigne que en el caso eventual de que el Presidente de la República actual, correspondiente al período 2012-2016, sea candidato presidencial para el período 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período y a ningún otro.
Para descifrar este silogismo habría que llamar al profesor Enerio Rodríguez y su análisis  de la lógica. ‘’Si y solo si… entonces”
Nada obliga al Presidente Medina a repostularse en este periodo. El hecho de la Reforma, no es una camisa de fuerza para que él lo haga.  Es más,  yo soy de opinión que no lo hará finalmente.
¿Y… entonces para que todo esto?   Excelente pregunta.  Esta Reforma sólo es ganar- ganar, para el Presidente Medina, es una jugada mega maestra.
Vean esta posibilidades: El Presidente Medida puede anunciar al país que no  se interpuso o no se opuso, a que  la mayoría de los miembros de Comité Político del  Partido y de los legisladores ejercieran en este juego democrático lo que la voluntad de las mayoría impusiera, por eso se mantuvo en silencio durante todo el proceso y se abstuvo de votar en la reunión del Comité Político;  renunciando con esta acción  a su legítimo derecho para no ejercer la más mínima influencia. Además, es respetuoso de la separación de poderes  y de la independencia de acciones y opiniones aún de sus propios seguidores. Se vuelve a justificar el silencio guardado.
Pero, así como él respeto la decisión de todo el mundo; es su derecho, exigir que todo el mundo respete la suya.
Y la suya será no repostularse en este período, porque él es íntegro  y jamás traicionaría los principios que en  él sembrara su mentor y líder  el profesor Juan Bosch.
¿Y entonces….? Ya le intente explicar  que esto es una acción  de sólo ganar- ganar, para el Presidente. ¿Qué ganará entonces…? y te respondo con  un contundente ¡Todo!
Primero: tiene aglutinado el Partido en torno a su figura. Segundo: unificó  los legisladores de su Partido y los de  la oposición (salvo la excepción conocida), en torno a su proyecto (lo que nunca se  ha hecho).  
Tercero: desarticula las aspiraciones de todo el que aspira dentro de su Partido, salvo a quien él decida apoyar que tuvo que ser un ente planificador de la estrategia y por ende siempre supo la verdad de la realidad, después de la curva. Cuarto: no se ve obligado a cumplir ningún pacto o acuerdo  político sea este firmado o no, ya que no será el Presidente.  Quinto resurgiría ante el Pueblo Dominicano como un político íntegro;  la excepción  de todos los conocidos.
Sexto: asegura un periodo más de su Partido, porque a cualquier otro que decida apoyar ganaría con los votos que hoy simpatizan por él.  Séptimo: asegura dos periodo más para si mismo, ya que  la restricción de optar por un segundo y único periodo  no es obligatorio para él, quien fuera  elegido con la vigencia de otra Constitución y el transitorio establece   que: “En el caso eventual de que el Presidente de la República actual, correspondiente al período 2012-2016, sea candidato presidencial para el período 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período y a ningún otro.
Lo que sin hurgar mucho significa que al no postularse ahora,  retiene  la posibilidad de volver  a hacerlo a partir de 2020 por dos periodos más.
¿Verdad que el asunto no era tan simple como parecía?  Ah… y de ñapa  como un beneficio colateral o una variable extraña no contemplada en principio, se quitó a los Castillo de encima que a los ojos de muchos miembros de Partido cobraban caro, muy caro, los pocos votos aportados.

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